Lo primero que debemos verificar es el porrateo o periodo de
devengo de la paga extra; es decir, el tiempo que debemos trabajar para generar el derecho a cobrar la paga extra completa.
Este periodo estará establecido en el convenio colectivo aplicable y puede ser anual, semestral, cuatrimestral, etc.
Por ejemplo, si el prorrateo de una paga es semestral quiere decir, que hemos de trabajar durante un semestre completo para cobrarla íntegra, de lo contrario, se percibiría la parte correspondiente.
Veremos los pasos más claramente con un supuesto:
Carolina, inicia su contrato el 16 de agosto y las pagas se devengan semestralmente.
El importe de la extra completa sería de 1050€.
1-Computar los días correspondientes a la gratificación extraordinaria.
Para ello utilizamos una regla de tres:
184 días (del 1 de julio al 31 de diciembre ) _________30 días paga
138 días (del 15 de agosto al 31 de diciembre )_________ X
X= 22,50 dias
2-Calcular el precio día de la paga.
Dividir el importe total de la extra entre los días de una paga completa.
1050 € : 30 días = 35 € día.
3- Generar el Bruto de la extra de Navidad.
El importe total sería 22,50 días de paga extraordinaria X 35 € al día = 787,50 €
A este importe habría que deducir además los días que haya estado de IT en dicho semestre (en caso de que no haya nada establecido en convenio).