Contratos Laborales

Contratos laborales 2012 modificados

Los nuevos contratos laborales  se encuentran disponibles en el software de nomina Asinom, tras la publicación de la Ley 3/2012, sobre medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, publicado el día 7  de julio de 2012.
A continuación detallamos los contratos laborales que han sido modificados:

- Contrato laboral de Emprendedores.

- Contrato de fijos discontinuos.

- Contrato de formación y aprendizaje.

- Conversión temporal a indefinido.

- Conversión temporal a indefinido para trabajos fijos discontinuos.

Para descargar los contratos laborales 2012 en modo .Zip

Eliminacion de bonificaciones

Tras la publicación de la R.D. Ley 20/2012, del día 13 de julio de 2012,  de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria  de fomento de la competitividad.

“Se eliminan TODAS LAS BONIFICACIONES, excepto aquellas destinadas a la contratación de discapacitados y  las que incluye  el  nuevo contrato laboral de apoyo a los  emprendedores: jóvenes, mayores de 45 años y mujeres.

Se mantienen las bonificaciones a la contratación de jóvenes que se constituyan como autónomos,  personas que sustituyen a víctimas de violencia de género y trabajadores en baja por maternidad. “

El  programa Asinom, está  preparando una utilidad para automatizar  la fecha fin de   las bonificaciones al 31 de julio de 2012.

De todas maneras, se puede anotar manualmente, la fecha fin de las bonificaciones  accediendo a Tablas-Empleados- Pestaña de Contrato.

 

Medidas para la reinsercion laboral a los trabajadores afectados por ERE

Tras la publicación del R.D.L 1783/2011, el día 16 de diciembre de 2011, en el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral a los trabajadores afectados por los expedientes de regulacion de empleo.

Medidas para la reinsercion laboral a los trabajadores afectados por EREA continuación, detallamos los cambios realizados:

  • La cuantía de la subvención será de 3.000€ anuales.
  • Las cuantías se actualizarán a principio de de año, con el mismo porcentaje que varíe la cuantía del IPREM.
  • Los trabajadores tendrán derecho a percibir una cantidad adicional, a efectos de financiar la suscripción de un Convenio Especial con la Seguridad Social, por la pérdida del nivel de cotización que hayan podido sufrir los trabajadores como consecuencia de la pérdida de empleo.
  • La cantidad adicional no podrá ser superior a la cuantía que corresponda a cotizar respecto de la base de cotización del Convenio Especial.

 

Certificado desempleo agrario

Desde el SEPE, ” se comunica que a partir del día 1 de enero de 2012, “el servicio de envío de certificados de empresa agrarios, se encuentra temporalmente fuera de servicio hasta que se realice la adaptación derivada de la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General, según lo establecido en la Ley 28/2011, de 22 de septiembre (BOE 23.9.2011).

A efectos de la tramitación de las prestaciones por desempleo, se deberá hacer entrega del mismo al trabajador en formato papel”.

 

Regulacion de prácticas no laborales en empresas

Regulacion de prácticas no laborales en empresas En el Real Decreto Ley 27/2011, de 1 de agosto de 2011, se regulan las prácticas no laborales en empresas.

Estas practicas van dirigidas a personas jóvenes desempleadas, entre 18 y 25 años, con titulación oficial universitaria, de Formación Profesional o certificado de profesionalidad o escasa experiencia laboral.

La duración de estas prácticas es de 3 y 9 meses. Serán incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social y percibirán una beca de asistencia de un mínimo del 80 % del IPREM mensual, vigente en cada momento. Al finalizar las prácticas obtendrán un certificado.

Las prácticas no laborales comenzarán con una contratación laboral de las personas jóvenes por las empresas en donde se hayan desarrollado aquellas. Los empresarios podrán beneficiarse de medidas de apoyo a la contratación.

Quedan excluidas, las prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares de los estudiantes universitarios ya que se rigen por su normativa específica.

Error: “Descubierto Parcial. Error en datos de Cotización” en los Seguros Sociales con ERE

A partir del mes de junio, aquellas empresas que estén en ERE y se apliquen las bonificaciones conforme al RDL 2/2009 o Ley 27/2009 deberán proceder a la comunicación de los datos necesarios para que no vuelva a aparecer el citado error.

Para ello hay que acceder a http://www.seg-social.es/ y luego Sistema Red On line. En el apartado de Afiliación On-line se deberán anotar los datos de cada empleado que esté en ERE, informar de la situación adicional de alta 406 y especificar las fechas de inicio y final del Expediente de Regulación de Empleo.