El día 2 de junio de 2011 se publicó en el BOE la Ley 14/2011, de la Ciencia la Tecnología y la Investigación, estableciendo que a partir del 2 de junio de 2012 se puede realizar esta nueva modalidad de contrato.

La nueva modalidad de contrato, Contrato Predoctoral, requiere cumplir los siguientes requisitos:

1.- El objetivo de este contrato es la realización de tareas de investigación, en el ámbito de un proyecto especifico.

2.- El contrato será de duración determinada a tiempo completo, la duración será de un año, prorrogable por periodos anuales y no podrá exceder de cuatro años. Para personas discapacitados la duración de este contrato será de seis años.

3.- El contrato se celebrará por escrito entre el personal investigador predoctoral en formación, en su condición de trabajador, y la Universidad pública u Organismos de investigación titular de la unidad investigadora.

4.- La retribución se efectuará de la siguiente manera: los dos primeros años el 56% del salario, el tercer año, el 60% y el cuarto año es del 75%, fijado según categoría y sujeto en el convenio colectivo. Nunca podrá ser inferior al SMI.

5.- El contrato predoctoral tendrá una reducción del 30% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contigencias comunes.

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