La Dirección General de la Seguridad Social ha establecido que la normativa del colectivo de los artistas tiene una serie de particularidades en materia de cotización que hace incongruente la aplicación del incremento del 40% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes establecido en el Real Decreto-Ley 28/2018. Por lo tanto, a los trabajadores de alta en CCC con RÉGIMEN 0112 (ARTISTAS) no se les aplicará el incremento del 40%.