Tras la publicación del Real Decreto Ley 10/2011, de 26 de agosto de 2011, se establece una nueva regulación del contrato para la formación y el aprendizaje para la promoción del empleo de los jóvenes.

Contrato para la formación y el aprendizaje:

  • Este contrato es para trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 años que no posean cualificación profesional reconocida. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas discapacitadas.
  • Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2013.
  • Duración del contrato: mínimo de un año y un máximo de dos años, aunque podrá prorrogarse hasta 12 meses más.
  • El trabajador deberá recibir la formación adecuada en un centro formativo.
  • La jornada laboral, máximo es de 75% de la jornada laboral habitual de la empresa.

Incentivos a la contratación y la estabilidad en el empleo

La empresa tendrá una reducción del 100% o del 75% si la plantilla es superior a 250 personas y se deducirá sobre las cuotas empresariales a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato únicamente si contrata a personas desempleadas.

Si estos contratos se transforman en indefinidos una vez finalizado el contrato formativo, tienen una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500€/año, durante 3 años y en el caso de las mujeres será de 1.800€/año.

Los nuevos modelos de contratos de formación y anexo están disponibles en la página oficial de Servicio de Empleo Estatal. También están disponibles desde Asinom.

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