A continuación, detallamamos los plazos en el Sistema de Liquidación Directa, desde enero, la TGSS está notificando la incorporación obligatoria al Sistema de Liquidación Directa en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Se debe solicitar a la TGSS el cálculo de la liquidación de cuotas entre el día 1 y el penúltimo del mes. El último día del mes no es día hábil para la presentación de las liquidaciones de cuotas,  por lo que no pueden enviarse ficheros de cotización.

Los plazos son los siguientes:

  • Día 1 del mes → Comienzo del periodo para solicitar la liquidación
  • Día 20 del mes → Cierre de la modalidad de pago con Cargo en Cuenta. Es necesario que previamente se haya comunicado el nº de cuenta mediante el Servicio de comunicación de datos bancarios.
  • Día 24 del mes → Cierre de oficio de borradores de la liquidación generados entre los días 1 y 23.
  • Día 28 del mes → Cierre de oficio del resto de borradores.
  • Penúltimo día del mes → Fin del periodo para solicitar la liquidación.

Plazos en el Sistema de Liquidación Directa

 

6 comentarios en “Plazos en el Sistema de Liquidación Directa”

  1. Buenas tardes.
    Nos surge una duda referente al pago de los seguros sociales.
    Hasta que día tenemos para abonar el pago de dichos seguros.

  2. buenos dias,
    una consulta, si la liquidación ha sido cerrada de oficio el 24 y se ha realizado alguna modificación a 26 o 27 tengo que esperar a que el 28 se vuelve a cerrar o como puedo actuar

  3. El día tope para abonar los seguros sociales es el último día del mes.

  4. Se puede eliminar la liquidación desde la Web de la Seguridad Social y volver a realizar todo el proceso como si no se hubiera hecho ningún envío.

  5. Los Seguros Sociales de las nóminas del mes anterior todavía no se han remitido a la Seguridad Social ¿hasta qué día tengo de plazo si quiero que se domicilien? ¿y en caso de quererlo abonar por ventanilla en la entidad financiera (pago electrónico)?

  6. Desde el mes de enero de 2017 se ha ampliado el plazo de presentación de solicitudes de cargo en cuenta hasta el día 22 inclusive, menos los meses de febrero y diciembre en los que se mantiene el plazo hasta el día 20 inclusive.

    Para el pago electrónico se pueden enviar las liquidaciones hasta el penúltimo día del mes.

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