En los procesos de recaídas en Sistema de Liquidación Directa, en los que en la baja previa no hayan transcurrido 15 días (a partir del 16 se procede a efectuar la compensación de la prestación mediante pago delegado), debe comunicarse al INSS la circunstancia y será dicha Entidad la que comunicará a la TGSS la fecha de inicio de la compensación.