En el Real Decreto 1106/2014, de 26 de diciembre de 2014,  se fija el salario mínimo interprofesional para 2015.

Estas cuantías entrarán en vigor el día 1 de enero de 2015, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar.

Los nuevos imporSalario Mínimo Interprofesional para 2015tes representan un  incremento del 0,5% respecto de los vigentes en 2014.
El SMI se establece en 21,62 euros al día o 648,60 euros al mes, según si el salario se fija por días o por meses. Esta cuantía se determinará para las actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores,

Es importante tener en cuenta que el salario mínimo interprofesional,  se entiende referido a la jornada legal de trabajo y que no se incluyen, en el caso del salario diario, la parte proporcional de los domingos y festivos.

En cómputo anual el SMI incluyendo 2 pagas extras será de  9.080,40 euros.

El importe del salario mínimo por hora efectivamente trabajada, para los empleados de hogar externos y que trabajen por horas y que incluye todos los conceptos retributivos, será de  5,08 euros.

2 comentarios en “Salario Mínimo Interprofesional para 2015”

  1. Mi empresa me ha realizado la subida en el SMI pero lo ha compensado de los pluses de vestuario y transporte. No pertenezco a ningún convenio por lo que me rijo por el estatuto de los trabajadores y como no especifica nada de estos pluses no se si lo que ha hecho es correcto o no.
    Muchas gracias por la atención prestada.
    Rafael

  2. Te han aumentado el SMI porque no se puede abonar un importe inferior al establecido por ley. No se si teníais un importe fijado para los otros dos pluses, si es así no deberían haberlos reducido.

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