El subsidio de desempleo se concede una vez finalizada la prestacion por desempleo.
La duración del subsidio de desempleo varía según la modalidad que se perciba. En todo caso el derecho se concede por 6 meses, con posibilidad de obtener prórrogas semestrales hasta la duración tope que se refleja en la tabla. Salvo que el trabajador lo solicite y que siga manteniendo los requisitos correspondientes para el subsidio.
| CLASES DE SUBSIDIO DE DESEMPLEO |
DURACIÓN |
| Por haber agotado una prestación contributiva por desempleo y tener responsabilidades familiares | La duración varía en función de la edad, de tener responsabilidades familiares y de la duración del derecho que se haya percibido. |
| Mayores de 45 años que han agotado una prestación y no tuvieran responsabilidades familiares | 6 meses |
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Mayores de 45 años que han agotado una prestación contributiva de 24 meses |
6 meses (con posibilidad de solicitar después un subsidio por agotamiento) |
| Emigrantes retornados | 18 meses |
| Liberados de prisión | |
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Trabajadores tras revisión de expediente de invalidez |
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Por haber cotizado 3, 4 ó 5 meses con responsabilidades familiares. |
3, 4, ó 5 meses |
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Por haber cotizado 6 meses |
6 meses sin responsabilidades familiares12 mes con responsabilidades familiares |
| Mayores de 52 años | Hasta que el trabajador alcance la edad de jubilación. |
| Trabajadores fijos-discontinuos | Equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud. |
CUANTIA DE SUBSIDIO DE DESEMPLEO
| Familiares a su cargo | Mayores de 45 años, que hayan agotado la prestación más de 24 meses | Con 2, 3 o más familiares a su cargo | |
| Cuantía | 80% IPREM | 107% | 133% |

En el Real Decreto Ley 1/2011 de 11 de febrero de 2011 se establece una ayuda para las personas que agoten la prestación de desempleo a nivel contributivo y no tengan derecho a ningún otro subsidio. La prestación de desempleo de nivel contributivo debe agotarse entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2011.
Está previsto que se incluya una enmienda en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 por la que, a partir del 1 de enero, la Seguridad Social pagará una prestación a los padres trabajadores que deban dedicarse al cuidado de hijos menores de 18 años que padezcan cáncer o cualquier otra enfermedad grave, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento de la enfermedad.