La Seguridad Social tiene como objetivo que las empresas tengan únicamente un único código de CCC por Régimen en cada provincia.

Esta unificación no se realizará en los siguientes casos:

  • En el caso de que alguno de los CCC de la empresa sea de RÉGIMEN distinto a los del resto de CCC.
  • Cuando los tipos de cotización para accidentes de trabajo sean distintos a los de la actividad principal de la empresa.
  • Cuando se trate de CCC del Régimen Especial del Mar y cada CCC sea de un Grupo de Cotización distinto –I, II o III-, o figuren los CCC vinculados a EMBARCACIONES distintas.
  • Si existe cotización adicional por la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación (bomberos, ertzainas y policías locales).
  • En el caso de CCC de Empresas de Trabajo Temporal, o Centros Portuarios de Empleo.
  • Si las empresas son colaboradoras voluntarias en la gestión de la Seguridad Social en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que identifiquen a los trabajadores de centros de trabajo respecto de los que la empresa es colaboradora y a los trabajadores de otros centros de trabajo respecto de los que la empresa no es colaboradora.
  • Cuando alguno de los CCC identifique altas o bajas, de autorizaciones para la deducción diferida de las compensaciones por pago delegado de incapacidad temporal, o de procedimientos de liquidación de cuotas específicos.
  • En los supuestos en los que el CCC se utilice para la identificación de trabajadores con diversas relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con distintas condiciones de cotización.

Todos los CCC´s en los que actualmente existan trabajadores de alta con exclusiones de la cotización deberán causar baja. La baja se realizará el último día del mes que determine la Dirección Provincial. El alta se formalizará el primer día del mes inmediatamente siguiente al de la baja.

Cuando existan trabajadores o tramos de bases fijas (trabajadores con contratos para la formación o aprendizaje o becarios ), y trabajadores con otras modalidades contractuales, se remitirá el fichero de bases, pero no deberán incluirse los trabajadores de bases fijas.