La empresa en la que se produzca una baja por maternidad podrá realizar un contrato de interinidad para cubrir la vacante, con una bonificación del 100% en su coste empresarial a la Seguridad Social siempre y cuando se contrate a una persona desempleada. El coste de la cotización será asumido por el INEM.
El coste empresarial es cero por:
- La Seguridad Social cubre el 100% de la base reguladora durante el periodo de maternidad, por lo que la empresa no paga ningún salario al empleado/a.
- Si se contrata a una trabajador/a para sustituir la maternidad, el coste de Seguridad Social que la empresa paga por el/la suplente es cero. Siempre que se trate de un/a desempleado/a inscrito en el INEM.
- El coste de Seguridad Social que la empresa asume por la baja por maternidad es cero al contratar un/a interino/a.
Me han hecho un contrato de sustitucion por maternidad pero me estan mareando porque el gestor dice que para que tengan la bonificacion del 100/100 tenia que haber estado inscrita en el Inem como minimo 18 meses y en cambio yo llevo 9 meses y no se lo han concedido
Esto es asi?
Porque solo pone que hay que estar inscrito en el Inem , no dice nada del periodo de tiempo
muchas gracias por su atencion.