Se actualiza la Normativa de la Ley 31/2015 en materia de autoempleo en materia de autoempleo, se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, tras la publicación en el Normativa de la Ley 31/2015 en materia de autoempleoBOE del 10 de septiembre de 2015.

En esta ley se establece que la prohibición de que los trabajadores autónomos, económicamente dependientes tengan a su cargo trabajadores por cuenta ajena, no será de aplicación en los siguientes supuestos y situaciones, en los que se permitirá la contratación de un único trabajador:

  • Riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses.
  • Períodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente.
  • Por cuidado de menores de siete años que tengan a su cargo.
  • Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
  • Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad  hasta el segundo grado inclusive, con una discapacidad igual o superior al 33%, debidamente acreditada.

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