Tras la publicación del Real Decreto-ley 4/2013 sobre el apoyo al emprendedor, estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, citamos las nuevas bonificaciones creadas:  

Hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%:

  • Contratos de Formación: Plantilla menor de 250 trabajadores, reducción de la cuota de la empresa aSeguridad Social la Seguridad Social un 75% y para empresas de más de 250 trabajadores del 100%.
  • Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año cuando contraten de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años (incentivo por el primer contrato que realicen tras la entrada en vigor de la norma).
  • Contrato “primer empleo joven”: con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de 500 € al año durante de 3 años o 700 € si se trata de mujeres).
  • Contrato en prácticas para el primer empleo: Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.

Incentivo a la contratación indefinida para jóvenes autónomos menores de 30 años por contratar a un desempleado mayor de 45 años de larga duración. Debe ofrecer experiencia y la reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes será del 100%, durante el primer año.

Incentivos a la contratación en entidades de la Economía Social

  • Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la incorporación de menores de 30 años a las cooperativas y a las sociedades laborales como socios trabajadores.
  • Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (1.650€/año) por la contratación de desempleados jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social en empresas de inserción.

3 comentarios en “Nuevas Bonificaciones Ley 4/2013”

  1. Hola, queria hacer una consulta.
    Me han echo un contrato de formacion Cod.Ct 421 de los cuales me dijieron que me pertenece al mes 750 E con 14 Pagas mi sorpresa al ver la nomina es que cotigo 27.812 e al dia en 30 me dan mas de lo que el me ha dicho que me pertence mas aparte aparte me pone 46.35 de beneficios queria que me diijieron que puedo hacer

  2. Me imagino que el importe que te dijeron sería aproximativo, hasta aplicar el porcentaje real de trabajo. En este tipo de contratos el tiempo de trabajo efectivo, no puede ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
    Con lo de 14 pagas se refieren a que se trata de los 12 meses más 2 pagas pero además existirá otra más de beneficios que la abonan prorrateada mensualmente.

  3. En una escuela-taller de un Ayuntamiento es posible que a los estudiantes-trabajadores mayores de 30 años se les haga el contrato 421?
    Un saludo y gracias por la atención.

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