Para identificar Tarifa Plana 100€a los trabajadores beneficiarios de la reducción denominada como “Tarifa Plana de 100 euros” establecida en el Real Decreto-Ley 3/2014,  de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida es necesario comunicar desde “Afiliación” un nuevo campo de la tabla de CONDICIÓN DESEMPLEADO: P: Tarifa Plana.

Sin embargo, no es necesario que el trabajador esté desempleado.

El importe de la reducción será la diferencia entre la cuota empresarial de contingencias comunes y la que correspondería por la tarifa plana.

Ejemplo:
Trabajador de alta todo el mes con una base de cotización de 1.500€ y una reducción aplicable de 100€.

Cuota empresarial por contingencias comunes: 1.500€ * 23,60 % = 354 €
Tarifa plana de 100€
Importe reducción = 354€ – 100€= 254 €

Es muy importante identificar correctamente a los trabajadores beneficiarios de esta reducción (valor P- TARIFA PLANA) ya que de lo contrario se generará la deuda correspondiente con el recargo del 20 %.

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