La TGSS, con objeto de simplificar las liquidaciones de cuotas para los trabajadores por cuenta ajena y los asimilados, identificará próximamente las exclusiones de cotización (por ejemplo, los trabajadores con contrato para la formación y el aprendizaje con tipo de contrato 421) de contingencias o prestaciones aplicables a determinados trabajadores en el mismo registro de alta.

En estos momentos dichas exclusiones se reflejan dando de alta a estos trabajadores en códigos de cuenta de cotización específicos.

Una vez se implante este nuevo procedimiento de identificación de las exclusiones en la cotización en los registros de alta de los trabajadores, en un mismo código de cuenta de cotización podrán causar alta trabajadores con exclusiones en la cotización y sin ellas.

El proceso supondrá que los trabajadores con exclusiones en la cotización que figuren de alta en los CCC específicos, causarán baja en dichos códigos de cuenta el último día del mes que determine la Dirección Provincial y alta el primer día del mes siguiente al de la baja en otro código de cuenta de cotización que tenga asignado la empresa en la misma provincia.

La identificación de los registros de relaciones laborales de la exclusión en la cotización, se efectuará a través del nuevo campo EXCLUSIÓN DE COTIZACIÓN, que adoptará los mismos valores que el actual campo TIPO DE RELACIÓN LABORAL de CCC (tabla T-52) y que deberá anotarse en el alta que se mecanice a través del Sistema RED, con el mismo valor que tenía en el CCC anterior.

En cuanto a la cotización, cuando existan trabajadores o tramos de bases fijas (trabajadores con contratos para la formación o aprendizaje TRL 087), programas de formación (TRL 986) o becarios (TRL 933), y trabajadores con otras modalidades contractuales, en el fichero de bases no deberán incluirse los trabajadores de bases fijas salvo que deba de presentarse información adicional.