Ayudas Hostelería

La disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 35/2020 establece que las empresas dedicadas a actividades de los sectores de turismo, comercio y hostelería, que tengan actividad productiva en los meses de abril a octubre de 2021, y que durante dichos meses ocupen a los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación durante esos meses del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichas personas trabajadoras.

Esta bonificación podrá ser compatible con las exenciones a la Seguridad Social que correspondan a la empresa aunque la suma de las bonificaciones y exenciones no podrá superar el 100% de la cuota empresarial.