Horas extraordinarias en contratos a Tiempo ParcialLa Ley 3/2012 de 6 de julio de 2012 (BOE de 7 de julio) dispone que a partir de la entrada en vigor de dicha Ley, los trabajadores contratados a tiempo parcial podrán realizar horas extraordinarias.

El número de horas extras que podrán realizar será el legalmente previsto en proporción a la jornada de trabajo.
Estas horas extras computarán en las bases de cotización y las bases reguladoras de las prestaciones.
La suma de las horas de la jornada ordinaria más las extraordinarias no pueden exceder del límite legal de trabajo a tiempo parcial.

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